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ANDAR

¿ANDAR cubre Fertilización In Vitro / Tratamientos de Fertilidad?

Sí, ANDAR debe cubrir la fertilización in vitro y otros tratamientos de reproducción asistida, ya que están incluidos en el PMO (Programa Médico Obligatorio) por la Ley 26.862.

Detalles de la cobertura

La Ley Nacional de Reproducción Médicamente Asistida (Ley 26.862) y el Programa Médico Obligatorio (PMO, Resolución 201/2002) establecen la cobertura obligatoria de todos los tratamientos de fertilidad, incluyendo la fertilización in vitro (FIV), para todas las obras sociales y empresas de medicina prepaga del sistema argentino. ANDAR, como obra social sindical, está obligada a cumplir con estas normas. Si bien no se encontró información específica en el sitio web de ANDAR sobre sus planes (Clásico, Especial, Plus), la cobertura por ley aplica a todos los planes sin excepción. Se recomienda gestionar la autorización previa, ya que es un requisito habitual para este tipo de tratamientos.

Condiciones de ANDAR

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • ¿Depende del plan?

    No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Cobertura por Ley: La Ley 26.862 obliga a todas las obras sociales y prepagas a cubrir los tratamientos de reproducción médicamente asistida, incluida la FIV, sin límite de edad ni cantidad de intentos (salvo que el plan tenga restricciones más amplias, pero la ley es de orden público).
  • Autorización previa: Se requiere autorización de ANDAR antes de iniciar el tratamiento. La documentación clínica y los estudios de fertilidad deben ser presentados para su aprobación.
  • Planes cubiertos: Todos los planes (Clásico, Especial, Plus) deben cubrir la prestación por imperio de la ley. No depende del plan elegido.

Preguntas Frecuentes

Sí, la Ley 26.862 obliga a ANDAR a cubrir la FIV en todos sus planes (Clásico, Especial y Plus), sin importar el nivel de cobertura.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y Ley 26.862 · Actualizado el 2026-06-30