Apres Salud
¿Apres Salud cubre resonancia magnética / tomografía?
Sí, Apres Salud cubre resonancia magnética y tomografía computada según lo establecido en el Programa Médico Obligatorio (PMO).
Detalles de la cobertura
Apres Salud, como prepaga, está obligada a cubrir la resonancia magnética nuclear y la tomografía computada en los casos y con las indicaciones específicas del Programa Médico Obligatorio (PMO) según la Resolución 201/2002. La cobertura incluye, por ejemplo, resonancia magnética de columna y articulaciones en patologías específicas (hernia discal, lesiones de rodilla, tumores, etc.) y tomografía computada para traumatismos de columna. No se encontraron restricciones adicionales por plan, pero se recomienda verificar la cartilla de prestadores para conocer los centros habilitados.
Condiciones de Apres Salud
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Indicación médica: Debe estar indicada por un médico y encuadrarse en las causales del PMO (ej. sospecha de hernia discal, tumores, lesiones traumáticas, etc.).
- Tipo de estudio: Resonancia magnética nuclear (cerebral, de columna, articulaciones, abdomen, etc.) y tomografía computada (para traumatismos de columna).
Preguntas Frecuentes
Sí, siempre que se cumplan las indicaciones del PMO (lesiones traumáticas o sospecha de lesión meniscal/ligamentaria).
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Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002; contexto web de Apres Salud · Actualizado el 2026-06-30