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CEMIC

¿CEMIC cubre Fertilización In Vitro (FIV) / tratamientos de fertilidad?

Sí, CEMIC cubre los tratamientos de fertilización in vitro y de reproducción asistida, en cumplimiento de la Ley 26.862 y el PMO.

Detalles de la cobertura

La cobertura de los tratamientos de fertilidad, incluyendo la fertilización in vitro (FIV) de alta complejidad, está garantizada por la Ley Nacional de Reproducción Médicamente Asistida (Ley 26.862) y forma parte del Programa Médico Obligatorio (PMO). Esto aplica a todas las obras sociales y empresas de medicina prepaga del sistema de salud argentino, por lo que CEMIC debe cubrir estos procedimientos. Si bien en el contexto web provisto se encontró un formulario de solicitud de prácticas de reproducción asistida y un reglamento general que menciona planes de cobertura parcial, no se hallaron excepciones explícitas que excluyan la FIV. La cobertura incluye tanto tratamientos de baja como de alta complejidad, los medicamentos necesarios (con cobertura del 100% según Resolución 1045/2018), y hasta tres transferencias embrionarias por cada tratamiento de FIV. Se requiere autorización previa y presentación de documentación según el procedimiento interno de CEMIC.

Condiciones de CEMIC

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • 📊
    ¿Depende del plan?

    Sí, la cobertura o topes varían según el plan que tengas contratado.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Edad: Si bien la ley no establece un tope de edad explícito, el acceso puede estar sujeto a criterios de aplicación. Se recomienda consultar con CEMIC los límites etarios para la cobertura.
  • Autorización previa: Se requiere presentar una solicitud formal con historia clínica, detalle de procedimientos realizados, consentimiento informado y planilla de inscripción en el sistema de Tutelaje de Tecnologías Sanitarias Emergente de CEMIC.
  • Diagnóstico de infertilidad: La cobertura aplica para personas con diagnóstico de infertilidad según los criterios médicos (generalmente tras 12 meses de búsqueda sin éxito).
  • Tipo de plan: CEMIC ofrece planes integrales (abiertos/cerrados) y planes complementarios o de cobertura parcial. La cobertura de FIV aplica a los planes integrales; en los planes parciales puede haber exclusiones explícitas. Se debe verificar el plan contratado.

Preguntas Frecuentes

La cobertura de FIV está garantizada por ley en todos los planes integrales de CEMIC. En los planes complementarios o de cobertura parcial puede haber exclusiones, por lo que se debe consultar el contrato específico.

Fuente verificada: https://www.argentina.gob.ar/tema/hogar/hijo/fertilizacion-asistida · Actualizado el 2026-06-30