Menú
DOSUBA

¿DOSUBA cubre fertilización in vitro (FIV) y tratamientos de fertilidad?

Sí, DOSUBA cubre la fertilización in vitro y otros tratamientos de fertilidad, ya que están incluidos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y la Ley Nacional 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida.

Detalles de la cobertura

DOSUBA, como obra social estatal, debe cumplir con el PMO y la Ley 26.862, que garantizan la cobertura integral de técnicas de reproducción asistida, incluyendo la fertilización in vitro (FIV) de alta complejidad. La cobertura abarca hasta 3 ciclos de alta complejidad (con pausas de 3 meses entre cada uno) y hasta 4 tratamientos de baja complejidad por año, con medicamentos cubiertos al 100%. Existen límites de edad: hasta 44 años con óvulos propios (salvo indicación médica contraria) y hasta 51 años con óvulos donados. La cobertura se aplica tanto al plan PMO como al plan superior de DOSUBA, aunque el plan superior podría ofrecer condiciones adicionales (ej. sin tope de edad). Se requiere autorización previa y orden médica.

Condiciones de DOSUBA

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • ¿Depende del plan?

    No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Edad: Hasta 44 años con óvulos propios (salvo prescripción médica en contrario). Hasta 51 años con óvulos donados. Si se criopreservaron óvulos propios antes de los 44, se puede acceder hasta los 51 con esos óvulos.
  • Cantidad de tratamientos: Alta complejidad (FIV): hasta 3 ciclos, con intervalos de 3 meses entre cada uno. Baja complejidad: hasta 4 tratamientos por año.
  • Prescripción médica: Se requiere indicación médica y autorización previa de la obra social.
  • Cobertura de medicamentos: Los medicamentos necesarios para los tratamientos están cubiertos al 100%.

Preguntas Frecuentes

Cubre hasta los 44 años con óvulos propios (salvo indicación médica) y hasta los 51 años con óvulos donados. Si se criopreservaron óvulos propios antes de los 44, se puede continuar hasta los 51 con esos óvulos.

Fuente verificada: Ley 26.862, Decreto 953/13, Resolución MS 1/2017 (PMO) · Actualizado el 2026-06-30