DOSUBA

¿DOSUBA cubre Internación / Hospitalización?

Sí, DOSUBA cubre internación/hospitalización en todo el país, con alcance según el plan (PMO o Superior) y siempre con autorización previa.

Detalles de la cobertura

DOSUBA (Dirección de Obra Social de la Universidad de Buenos Aires) cubre la internación/hospitalización para todos sus afiliados. La prestación está incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO), por lo que es de cobertura obligatoria en el plan mínimo (Plan PMO) y en el plan superior (Plan Superior). En el plan PMO la cobertura se limita a las prestaciones del nomenclador público (hospitales públicos y centros de la red de DOSUBA), mientras que en el plan superior se amplía a clínicas y sanatorios privados de cartilla, con mejores condiciones de habitación y acceso a especialistas. En todos los casos se requiere autorización previa del Departamento de Prestaciones Médicas de DOSUBA, y la internación debe ser indicada por un médico de la cartilla o validada por la obra social. La cobertura incluye: habitación compartida (plan PMO) o individual (plan Superior), alimentación, medicación, estudios y procedimientos diagnósticos, cirugías, cuidados de enfermería y kinesiología. No se cubren gastos de TV, teléfono ni acompañante, salvo excepciones (pediatría, geriatría).

Condiciones de DOSUBA

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • 📊
    ¿Depende del plan?

    Sí, la cobertura o topes varían según el plan que tengas contratado.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Autorización previa obligatoria: Debe solicitarse autorización al Departamento de Prestaciones Médicas de DOSUBA. En internaciones de urgencia, se debe informar dentro de las 24 horas hábiles posteriores al ingreso.
  • Indicación médica: La internación debe ser indicada por un médico de la cartilla de DOSUBA o, en caso de urgencia, por el médico del servicio donde se ingresa, quien deberá luego ser validado por DOSUBA.
  • Cartilla de prestadores: Plan PMO: internación en hospitales públicos y centros de la red de DOSUBA (convenios con hospitales públicos de CABA y GBA). Plan Superior: internación en clínicas y sanatorios privados de la cartilla completa de DOSUBA.
  • Tipo de habitación: Plan PMO: habitación compartida (2 o más camas). Plan Superior: habitación individual (con baño privado y amenities básicos).
  • Cobertura geográfica: Válida en todo el territorio nacional. Para internaciones en el interior del país, la cobertura es en centros de la red de DOSUBA o por reintegro (sujeto a topes) si no hay prestador convenido.
  • Internación psiquiátrica: Cubierta hasta el límite del PMO (30 días por año calendario en internación aguda). En plan Superior se puede extender con autorización expresa.
  • Internación por adicciones: Cubierta según PMO (hasta 60 días por año en comunidad terapéutica). Plan Superior puede incluir mayor cobertura previa evaluación.
  • Internación domiciliaria: Cubierta como alternativa a la internación convencional si está indicada médicamente y cuenta con autorización previa. Se cubren visitas de enfermería y kinesiología según protocolo.

Preguntas Frecuentes

La cobertura de habitación depende del plan. En el Plan PMO (básico), la internación es en sala compartida. En el Plan Superior, se puede acceder a habitación individual con un coseguro o reintegro parcial, según las condiciones del plan. Siempre requiere autorización previa.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones / Cartilla DOSUBA 2025-2026 · Actualizado el 2026-07-06