Federada Salud
¿Federada Salud cubre Fertilización In Vitro (FIV) y tratamientos de fertilidad?
Sí, por ley toda obra social y prepaga (incluyendo Federada Salud) debe cubrir la FIV y demás tratamientos de fertilidad dentro del Programa Médico Obligatorio.
Detalles de la cobertura
En Argentina, la Ley 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida y su decreto reglamentario 956/2013 garantizan el acceso integral a las técnicas de reproducción asistida de alta y baja complejidad. Esto incluye la fertilización in vitro (FIV). Dicha cobertura está incorporada al Programa Médico Obligatorio (PMO, Resolución 201/2002). Por lo tanto, Federada Salud, como mutual de salud, está obligada a cubrir estos tratamientos sin distinción por orientación sexual o estado civil. La ley establece un máximo de 4 tratamientos anuales de baja complejidad y 3 tratamientos de alta complejidad (FIV) con intervalos mínimos de 3 meses. Además, hay límites de edad: hasta 44 años para tratamientos con óvulos propios, y hasta 51 años para tratamientos con óvulos donados o si se usaron óvulos criopreservados antes de los 44 años. La criopreservación de gametos está cubierta sin límite temporal. Si bien en el contexto web no se halló información específica de planes de Federada Salud, al tratarse de una prestación incluida en el PMO, corresponde su cobertura obligatoria.
Condiciones de Federada Salud
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Edad máxima (óvulos propios): Hasta 44 años al momento de acceder al tratamiento con óvulos propios.
- Edad máxima (óvulos donados o criopreservados): Hasta 51 años si se utilizan óvulos de donante o gametos criopreservados antes de los 44 años.
- Número de tratamientos anuales: Hasta 3 tratamientos de alta complejidad (FIV) por año, con intervalos mínimos de 3 meses entre cada uno.
- Número de tratamientos de baja complejidad: Hasta 4 tratamientos de baja complejidad por año.
- Cobertura de criopreservación: Cubierta para personas que, por problemas de salud o tratamientos médicos, puedan ver comprometida su fertilidad futura, sin límite temporal.
- Orientación sexual y estado civil: La cobertura es sin discriminación por orientación sexual ni estado civil.
Preguntas Frecuentes
Sí, al estar incluida en el PMO, Federada Salud está obligada a cubrir la FIV independientemente del plan contratado. Si hay negativa, se puede reclamar ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
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Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 · Actualizado el 2026-06-30