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Hospital Austral

¿Hospital Austral cubre fertilización in vitro / tratamientos de fertilidad?

Sí, el Hospital Austral debe cubrir la fertilización in vitro y tratamientos de fertilidad según el Programa Médico Obligatorio (PMO), a pesar de que su reglamento interno los excluye expresamente.

Detalles de la cobertura

El Hospital Universitario Austral, a través de su Plan de Salud, excluye explícitamente en su reglamento todas las prestaciones relacionadas con infertilidad, inseminación artificial, fecundación asistida (incluyendo fertilización in vitro) y técnicas afines, indicando que no las cubre. Sin embargo, la Ley Nacional 26.862 y el Decreto 956/2013 establecen que todas las obras sociales y prepagas deben brindar cobertura integral e interdisciplinaria para las técnicas de reproducción médicamente asistida, incluyendo baja y alta complejidad, quedando incorporado al Programa Médico Obligatorio (PMO). Por lo tanto, el Hospital Austral está legalmente obligado a cubrir estos tratamientos, independientemente de lo que disponga su reglamento. La cobertura incluye diagnóstico, medicación, procedimientos y terapias de apoyo, con carácter integral (100%). Se requiere diagnóstico médico de infertilidad y certificación del consentimiento informado.

Condiciones de Hospital Austral

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • ¿Depende del plan?

    No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Infertilidad médicamente diagnosticada: Se debe acreditar mediante certificado médico que la persona o pareja presenta infertilidad irreversible o dificultad para lograr el embarazo tras un año de relaciones sin protección (seis meses si la persona tiene 35 años o más).
  • Consentimiento informado certificado: Antes de iniciar el tratamiento, el paciente debe firmar un consentimiento informado que luego debe ser certificado por la autoridad sanitaria correspondiente (en CABA, a través del Programa Nacional de Reproducción Médicamente Asistida).
  • Cobertura integral al 100%: La Ley 26.862 y la Resolución 1045/2018 establecen que los medicamentos y todas las prestaciones relacionadas deben cubrirse al 100%, sin copagos ni reintegros, y sin límites de edad establecidos por la ley (aunque algunos planes pueden imponer topes etarios que serían ilegales).

Preguntas Frecuentes

No, porque la Ley 26.862 y el PMO están por encima de cualquier reglamento interno. El Hospital Austral está obligado a brindar la cobertura integral de reproducción asistida. Si intenta negarla, se puede presentar un reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud.

Fuente verificada: PMO - Ley 26.862, Decreto 956/2013, Resolución 1045/2018; Reglamento del Plan de Salud del Hospital Universitario Austral (cláusulas de exclusión) · Actualizado el 2026-07-01