IOMA

¿IOMA cubre Internación / Hospitalización?

Sí, IOMA cubre internación y hospitalización en todo su programa médico obligatorio (PMO), con cobertura integral según el plan y la complejidad de la internación.

Detalles de la cobertura

IOMA, como obra social provincial de la Provincia de Buenos Aires, está obligada a cubrir la internación y hospitalización en todas sus modalidades (clínica, quirúrgica, psiquiátrica, cuidados intensivos, etc.) conforme al Programa Médico Obligatorio (PMO). La cobertura es integral para afiliados del plan básico y del plan superador, variando principalmente en la oferta de prestadores (red de efectores propios y conveniados). En el plan básico, la internación se realiza prioritariamente en hospitales públicos provinciales y establecimientos de la red IOMA; en el plan superador, se amplía la red a clínicas y sanatorios privados de mayor complejidad y confort. No hay límite de días preestablecido para internaciones agudas cubiertas por el PMO, aunque internaciones prolongadas o de baja complejidad (crónicos, cuidados paliativos) pueden requerir evaluación. IOMA exige autorización previa para internaciones programadas y para ingresos a terapia intensiva o unidades de cuidados críticos; en emergencias, la internación debe informarse dentro de las 24-48 horas hábiles. No aplican coseguros por internación, pero sí pueden existir reintegros parciales si el afiliado elige un prestador fuera de cartilla (sujeto a topes y aprobación).

Condiciones de IOMA

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • ¿Depende del plan?

    No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Internación en plan básico: Se cubre en efectores públicos provinciales y en la red de prestadores IOMA (hospitales, clínicas conveniadas). Habitación compartida, sin opción a privada. Autorización previa obligatoria para internaciones programadas.
  • Internación en plan superador: Cobertura en toda la red de prestadores IOMA, incluyendo sanatorios y clínicas privadas de alta complejidad. Posibilidad de habitación individual (según disponibilidad y reglamento del prestador). Autorización previa requerida.
  • Internación de urgencia/emergencia: Se debe informar la internación dentro de las 24-48 horas hábiles. Si el efector no es de la cartilla IOMA, el afiliado debe gestionar el pase o reintegro (con tope según nomenclador).
  • Internación psiquiátrica: Cobertura integral según PMO (hasta 90 días por año calendario, renovable con indicación médica). Debe realizarse en establecimientos habilitados de la red IOMA o con convenio. Autorización previa y seguimiento por auditoría.
  • Internación en cuidados intensivos (UTI/UCO): Cubierta al 100% en prestadores de la red, previa autorización del área de auditoría. Se requiere informe médico del ingreso y evolución periódica.
  • Reintegro por internación fuera de cartilla: Solo aplica en casos de urgencia vital o falta de prestador de la red. El reintegro se calcula sobre el nomenclador de IOMA, con un tope del 80% del valor de referencia, nunca superando el monto real abonado. Se debe presentar factura, orden médica y comprobante de pago.

Preguntas Frecuentes

IOMA cubre internación en habitación compartida estándar. Si el afiliado desea una habitación individual, puede solicitarla pero deberá abonar un adicional (coseguro) que varía según el plan: para el Plan Básico el coseguro es del 20% sobre el valor de la diferencia, mientras que el Plan Superador tiene cobertura del 100% en habitación individual sin coseguro. En todos los casos, la internación debe ser indicada por el médico tratante y autorizada por IOMA.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones; Ley 23660; normativa IOMA (Manual de Prestaciones) · Actualizado el 2026-07-06