OSPAT
¿OSPAT cubre lentes / anteojos?
Sí, OSPAT cubre lentes/anteojos como parte del Programa Médico Obligatorio (PMO).
Detalles de la cobertura
De acuerdo con el Programa Médico Obligatorio (PMO), aprobado por Resolución 201/2002 del Ministerio de Salud, toda obra social y prepaga debe cubrir la prestación de anteojos. OSPAT, como obra social sindical, está obligada a incluir esta cobertura en su plan básico (plan-pmo). La cobertura comprende un par de lentes oftálmicos con armazón, sujeto a los topes y frecuencias establecidos en la normativa. No se encontró información adicional específica de OSPAT que modifique o amplíe esta cobertura.
Condiciones de OSPAT
- ✅¿Requiere autorización previa?
No, podés acceder directamente con tu credencial y pedido médico.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Cobertura según PMO: El PMO establece que las obras sociales deben cubrir anteojos, pero no especifica montos exactos ni frecuencia en el texto consultado. Habitualmente se cubre un par cada dos años con un tope de reintegro. Se recomienda consultar la cartilla de OSPAT para conocer los detalles del beneficio.
- Receta médica: Se requiere una prescripción oftalmológica actualizada para acceder a la cobertura.
- Plan aplicable: La cobertura corresponde al plan básico plan-pmo de OSPAT, que incluye las prestaciones obligatorias del PMO.
Preguntas Frecuentes
El texto consultado del PMO menciona 'Anteojos' pero no especifica lentes de contacto. Generalmente, el PMO cubre anteojos graduados con armazón; los lentes de contacto pueden estar excluidos o requerir un plan complementario.
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Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 (Argentina.gob.ar) · Actualizado el 2026-07-01