OSPAT
OSPAT cubre medicamentos recetados / descuento en farmacia
Sí, OSPAT cubre medicamentos recetados con descuentos variables según el tipo de medicamento, cumpliendo el PMO y su vademécum propio.
Detalles de la cobertura
OSPAT, como obra social sindical adherida a la Ley 23.660 y al PMO, otorga cobertura sobre medicamentos recetados por profesionales de la red. Según el plan básico (plan-pmo), la cobertura incluye: 100% en medicamentos ambulatorios para enfermedades crónicas incluidas en el PMO (diabetes, hipertensión, VIH, etc.), 70% en medicamentos ambulatorios del vademécum propio de la obra social (con tope por receta y por mes), y 100% en medicamentos oncológicos y de alto costo (con autorización previa). No cubre medicamentos de venta libre ni aquellos fuera del listado oficial. Los afiliados deben presentar receta médica original y, en el caso de medicamentos crónicos, la receta debe tener vigencia de hasta 30 días. Existe un tope de reintegro mensual de $1.000 por afiliado para medicamentos ambulatorios (monto orientativo 2026).
Condiciones de OSPAT
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Receta médica vigente (30 días): Se requiere receta oficial de un médico matriculado, con fecha no mayor a 30 días, indicando nombre del medicamento, dosis y duración del tratamiento.
- Medicamentos del vademécum OSPAT/PMO: Solo se descuentan los medicamentos incluidos en el vademécum de OSPAT, que sigue las listas del PMO y las patologías prevalentes cubiertas.
- Cobertura 100% para enfermedades crónicas (PMO): Medicamentos para diabetes, hipertensión, asma, epilepsia, VIH/SIDA, tuberculosis, y otras incluidas en el PMO tienen descuento total (100%) sin tope de reintegro, previa autorización del médico de cabecera.
- Cobertura 70% para medicamentos ambulatorios comunes: El resto de los medicamentos ambulatorios recetados tienen un descuento del 70% sobre el precio de venta al público, con un tope mensual de reintegro de $1.000 (valor 2026).
- Autorización previa para medicamentos de alto costo: Medicamentos oncológicos, inmunosupresores, hormonales de alto costo o fuera del vademécum requieren autorización del área médica de OSPAT y envío de documentación (receta, historia clínica, estudios).
- Exclusión de medicamentos de venta libre: No se cubren medicamentos de venta libre (OTC) ni suplementos dietarios, cosméticos o productos de perfumería.
- Farmacias adheridas: El descuento se aplica únicamente en farmacias adheridas a la red de OSPAT. Fuera de la red, el afiliado puede solicitar reintegro (70% del valor, con tope de $1.000 y previo conforme médico).
Preguntas Frecuentes
El descuento varía según el tipo de medicamento y la farmacia, cumpliendo con el PMO y el vademécum propio de OSPAT. Para medicamentos ambulatorios generales, el descuento suele oscilar entre 40% y 60%, mientras que para enfermedades crónicas incluidas en el PMO (diabetes, hipertensión, asma) la cobertura es del 100% si están en el vademécum.
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Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones · Actualizado el 2026-07-06