OSPAT

¿OSPAT cubre Traumatología / Ortopedia?

Sí, OSPAT cubre la especialidad traumatología y ortopedia dentro de su Plan PMO, cumpliendo con el Programa Médico Obligatorio.

Detalles de la cobertura

OSPAT, como obra social sindical del personal del transporte, está obligada a cubrir traumatología y ortopedia en su plan básico (Plan PMO) en virtud del Programa Médico Obligatorio (PMO). Esto incluye consultas ambulatorias, estudios por imágenes (radiografías, tomografías, resonancias, etc.), tratamientos conservadores (kinesiología, fisiatría), cirugías programadas y de urgencia, y la provisión de prótesis y órtesis esenciales. La cobertura es del 100% para consultas y estudios básicos, aunque ciertas prácticas (cirugías complejas, resonancias, TAC) requieren autorización previa. Los coseguros pueden aplicar según el plan contratado, pero no pueden exceder los topes fijados por la normativa. Para prótesis y órtesis, OSPAT aplica su propio nomenclador con montos máximos de reintegro.

Condiciones de OSPAT

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • ¿Depende del plan?

    No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Consultas ambulatorias: Cobertura del 100% (sin coseguro o con coseguro mínimo según el plan). Se requiere orden médica y carnet de afiliado.
  • Estudios por imágenes: Radiografías simples cubiertas al 100%. Tomografías computadas y resonancias magnéticas cubiertas al 100% previa autorización de OSPAT (presentación de orden médica y justificación clínica).
  • Cirugías traumatológicas: Cubiertas al 100% con autorización previa. Las cirugías de urgencia se atienden sin autorización, pero debe gestionarse el reintegro o la cobertura posterior. Aplica coseguro solo si el plan lo estipula (generalmente no para el plan básico).
  • Kinesiología y rehabilitación: Cobertura de sesiones de kinesiología con indicación médica. Tope habitual de 30 sesiones por año calendario, prorrogable con nueva orden. Se requiere autorización cada 10 sesiones.
  • Prótesis y órtesis: Cubiertas según el nomenclador de OSPAT (listado de prótesis y órtesis aprobadas). El afiliado debe abonar un coseguro del 20% al 50% del valor de referencia, o el excedente si elige un modelo de mayor costo. Se requiere prescripción médica y autorización previa.
  • Estudios complejos (TAC, RMN, ecografías): Cobertura integral del 100% luego de la autorización de OSPAT. Se debe presentar orden médica, historia clínica y, en algunos casos, estudios previos.

Preguntas Frecuentes

Sí, OSPAT cubre la consulta ambulatoria con traumatólogo dentro del Plan PMO, sin necesidad de autorización previa. Solo se requiere la orden de derivación de un médico de cabecera si el plan lo exige.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones; Superintendencia de Servicios de Salud; sitio web oficial de OSPAT. · Actualizado el 2026-07-06