OSPE
¿OSPE cubre internación?
Sí, OSPE cubre internación / hospitalización en todos sus planes, cumpliendo con el Programa Médico Obligatorio.
Detalles de la cobertura
OSPE cubre la internación / hospitalización en todos sus planes (300, 400, 600 y 700) de acuerdo con lo establecido por el Programa Médico Obligatorio (PMO). Esto incluye internación en establecimientos hospitalarios para patologías agudas sin límite de días, y para patologías crónicas hasta 90 días por año calendario. También se cubre terapia intensiva sin límite de días. La calidad del alojamiento depende del plan: el plan 300 cubre sala común, mientras que los planes superiores (400, 600 y 700) incluyen habitación semi-privada o privada. Para internaciones programadas se requiere autorización previa; en caso de emergencia debe notificarse dentro de las 24 horas. Dependiendo del plan, pueden aplicarse coseguros por día de internación o topes de reintegro si se eligen prestadores fuera de la cartilla. Se recomienda consultar la cartilla de prestadores y las condiciones particulares de cada plan.
Condiciones de OSPE
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- 📊¿Depende del plan?
Sí, la cobertura o topes varían según el plan que tengas contratado.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Cobertura básica PMO: Internación en sala común para patologías agudas sin límite de días.
- Patologías crónicas: Hasta 90 días por año calendario.
- Terapia intensiva: Cubierta sin límite de días.
- Habitación según plan: Plan 300: sala común. Planes 400, 600, 700: semi-privada o privada según el caso.
- Autorización previa: Requiere autorización previa para internaciones programadas. Emergencias: informar dentro de 24 horas hábiles.
- Coseguros y topes: Pueden aplicarse coseguros diarios y topes de reintegro para prestadores fuera de cartilla, variables según el plan.
Preguntas Frecuentes
La cobertura de habitación depende del plan contratado. En general, los planes más altos (600 y 700) suelen incluir habitación individual, mientras que los planes básicos (300 y 400) pueden cubrir habitación compartida. Se recomienda consultar la cartilla de prestadores y las condiciones particulares de cada plan para confirmar el tipo de habitación autorizada.
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Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones; normativa interna de OSPE. · Actualizado el 2026-07-06