OSPJN

¿OSPJN cubre Parto?

Sí, OSPJN cubre parto, maternidad y obstetricia al 100% en prestadores de su cartilla, cumpliendo con el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Detalles de la cobertura

La Obra Social del Personal de la Justicia y Narcotráfico (OSPJN) cubre íntegramente la atención del embarazo, parto y puerperio, incluyendo controles prenatales, ecografías, análisis de laboratorio, internación por parto vaginal o cesárea (si es médicamente necesaria) y la atención del recién nacido durante la internación. Esta cobertura está garantizada por el Programa Médico Obligatorio (PMO) y alcanza a todos los afiliados del plan básico. No se requiere coseguro adicional en prestadores de la cartilla, pero es obligatorio gestionar una autorización previa para internación programada (con al menos 72 horas de anticipación). Las urgencias obstétricas se cubren sin autorización previa, debiendo informar dentro de las 24 horas. El plan básico no incluye habitación individual ni acompañante en sala de partos, servicios que pueden contratarse por un diferencial. Se recomienda consultar la cartilla vigente para conocer los centros habilitados.

Condiciones de OSPJN

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • 📊
    ¿Depende del plan?

    Sí, la cobertura o topes varían según el plan que tengas contratado.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Cobertura del 100% en prestadores de la cartilla: La internación y atención del parto (vaginal o cesárea) es cubierta al 100% en los centros de salud, clínicas y hospitales que forman parte de la red de OSPJN. Si se elige un prestador fuera de cartilla, aplica reintegro con tope (generalmente hasta el valor del PMO).
  • Autorización previa: Se requiere autorización de OSPJN para internación programada (parto no urgente), con al menos 72 horas hábiles de anticipación. En caso de urgencia, la autorización se gestiona dentro de las 24 horas posteriores al ingreso.
  • Cobertura del recién nacido: El recién nacido está cubierto durante los primeros 30 días de vida (o hasta el alta hospitalaria) sin necesidad de afiliación adicional, para controles, atención inmediata y cuidados pediátricos básicos.
  • Cesárea justificada: La cesárea está cubierta si es médicamente necesaria, según indicación del obstetra. De lo contrario, se cubre el parto vaginal. No se cubren cesáreas por elección sin justificación clínica.
  • No cubre acompañante ni habitación individual: El plan básico de OSPJN no incluye cobertura para acompañante en sala de partos ni en internación. La habitación individual puede solicitarse abonando un diferencial, sujeto a disponibilidad del prestador.

Preguntas Frecuentes

Para activar el Plan Materno Infantil de OSPJN, debés presentar en la obra social un certificado médico de embarazo y la solicitud de afiliación del recién nacido. El plan cubre controles prenatales, ecografías, análisis y la atención del parto y puerperio al 100% en prestadores de la cartilla. Se recomienda gestionarlo antes del quinto mes de gestación.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones / Información general de OSPJN (sitio web oficial y cartilla de prestadores) · Actualizado el 2026-07-06