OSPJN
¿OSPJN cubre psicólogo / salud mental?
Sí, la OSPJN cubre atención psicológica y de salud mental conforme al PMO.
Detalles de la cobertura
De acuerdo con el Programa Médico Obligatorio (PMO, Resolución 201/2002), todas las obras sociales y prepagas del sistema argentino deben cubrir sin límite de sesiones la atención ambulatoria en salud mental, incluyendo psicoterapia individual, grupal y familiar, así como psicofarmacología cuando sea necesaria. La OSPJN, como obra social estatal, está alcanzada por esta normativa. Por lo tanto, los afiliados al plan básico OSPJN tienen derecho a acceder a sesiones con psicólogos y otros profesionales de la salud mental sin coseguros o copagos superiores a los de cualquier otra especialidad médica. Se recomienda solicitar autorización previa para el inicio del tratamiento.
Condiciones de OSPJN
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Sesiones: No hay límite de sesiones anuales; el PMO garantiza cobertura total de la terapia ambulatoria.
- Especialidad: Cubre psicólogos, psiquiatras y otros profesionales de la salud mental matriculados.
- Tipo de atención: Individual, grupal, familiar y de pareja, según indicación profesional.
- Autorización previa: Se requiere autorización de la obra social para iniciar el tratamiento o cambiar de terapeuta.
Preguntas Frecuentes
El PMO no establece un tope de sesiones; la obra social debe cubrir todas las sesiones indicadas por el profesional tratante.
✓
Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 · Actualizado el 2026-07-01