OSPOCE

¿OSPOCE cubre medicamentos recetados?

Sí, OSPOCE cubre medicamentos recetados con descuentos que varían según el plan, desde el 40% mínimo del PMO hasta porcentajes mayores en planes superiores.

Detalles de la cobertura

Según el PMO (Resolución 201/2002), todas las obras sociales deben cubrir al menos el 40% del costo de los medicamentos ambulatorios recetados. OSPOCE, como obra social de los empleados públicos nacionales, cumple con este requisito y ofrece descuentos progresivos en sus planes: el plan básico PMO otorga un 40% de descuento, mientras que los planes integrales (600, 700, 800, 900, 1000) ofrecen descuentos mayores que pueden alcanzar hasta el 80% en el plan más alto. La cobertura aplica a medicamentos incluidos en el Vademécum Nacional y requiere receta médica vigente. Para enfermedades crónicas (diabetes, HIV, cáncer, etc.) la cobertura es del 100% según leyes especiales. Existen topes máximos de reintegro mensuales o por medicamento que pueden aplicar, y el descuento se aplica directamente en farmacias adheridas (o mediante reintegro, según el plan). Se recomienda consultar el detalle específico del plan y la farmacia de preferencia para conocer el descuento exacto.

Condiciones de OSPOCE

  • ¿Requiere autorización previa?

    No, podés acceder directamente con tu credencial y pedido médico.

  • 📊
    ¿Depende del plan?

    Sí, la cobertura o topes varían según el plan que tengas contratado.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Cobertura mínima del 40% (PMO): Todos los planes cubren al menos el 40% del costo de medicamentos ambulatorios recetados, según lo establecido por el PMO.
  • Descuento progresivo según plan: El descuento aumenta con el nivel del plan: plan PMO (40%), plan 600 (aprox. 50%), 700 (60%), 800 (70%), 900 (75-80%), 1000 (80% o más). Los valores exactos deben confirmarse con OSPOCE.
  • Receta médica obligatoria: Se requiere receta médica vigente (electrónica o papel) para acceder al descuento. Debe contener nombre del afiliado, medicamento, dosis y firma del médico.
  • Medicamentos dentro del Vademécum: La cobertura aplica a los medicamentos incluidos en el Vademécum Nacional de OSPOCE. Medicamentos no incluidos pueden tener cobertura reducida o requerir autorización especial.
  • Enfermedades crónicas: 100% de cobertura: Por leyes especiales (Ley 23753, Ley 25673, etc.), los medicamentos para enfermedades crónicas como diabetes, HIV, cáncer, epilepsia, etc., tienen cobertura total, sin copago.
  • Topes de reintegro: Existen topes máximos de reintegro por mes o por medicamento, que varían según el plan. Por ejemplo, el plan PMO puede tener un tope de $X mientras que planes superiores tienen topes más altos.
  • Descuento directo en farmacias adheridas: En la mayoría de los planes, el descuento se aplica directamente en las farmacias de la red OSPOCE. Para farmacias fuera de la red, puede solicitarse reintegro con los respectivos comprobantes.

Preguntas Frecuentes

En el plan PMO el descuento mínimo es del 40% (cumpliendo la Resolución 201/2002). En los planes superiores (600 Integral, 700 Integral, 800 Nogal, 900 Integral y 1000 Integral) el descuento puede llegar hasta el 80% o más, dependiendo de la medicación y el convenio con la farmacia. Por ejemplo, el plan 1000 Integral suele cubrir el 80% de medicamentos ambulatorios comunes.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones; Ley 23660; OSPOCE reglamento de prestaciones. · Actualizado el 2026-07-06