OSPOCE

¿OSPOCE cubre traumatología / ortopedia?

Sí, OSPOCE cubre traumatología y ortopedia, ya que es una prestación incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Detalles de la cobertura

La cobertura de traumatología y ortopedia está garantizada por OSPOCE (Obra Social del Personal del Organismo de Control Externo) al formar parte del Programa Médico Obligatorio (PMO). Esto incluye consultas ambulatorias, estudios complementarios (radiografías, resonancias, tomografías), tratamientos conservadores y quirúrgicos, sesiones de kinesiología postraumática, y provisión de órtesis y prótesis cuando corresponda. Para los planes superadores (600, 700, 800 Nogal, 900 y 1000 Integral), la cobertura puede incluir reintegros o acceso directo a centros de mayor complejidad sin necesidad de derivación desde el primer nivel. El plan básico PMO requiere autorización previa para cirugías y estudios de alta complejidad, y en todos los casos se necesita orden médica y cumplir con los períodos de carencia establecidos al momento de la afiliación.

Condiciones de OSPOCE

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • 📊
    ¿Depende del plan?

    Sí, la cobertura o topes varían según el plan que tengas contratado.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Cobertura básica PMO (todos los planes): Consultas ambulatorias ilimitadas con médico traumatólogo; estudios de diagnóstico por imágenes simples (radiografías) y de mediana complejidad (ecografías, tomografías axiales computarizadas, resonancias magnéticas) con orden médica y autorización del auditor; cirugías traumatológicas programadas y de urgencia; kinesiología postoperatoria hasta 30 sesiones anuales por evento.
  • Planes 600 Integral y superiores: Acceso directo a traumatólogos de cartilla sin autorización previa; reintegro del 80% sobre aranceles de referencia en casos de atención fuera de cartilla; cobertura del 100% en implantes traumatológicos/ortopédicos de la red oficial (tornillos, placas, prótesis de cadera/rodilla) con autorización del comité de prótesis.
  • Órtesis y prótesis: Cobertura al 100% para órtesis externas (férulas, inmovilizadores) bajo prescripción y con auditoría; prótesis internas cubiertas con autorización previa y en centros contratados; reintegro del 50% para adquirir fuera de la red, sujeto a tope de $150.000 por prótesis (actualizable).
  • Kinesiología y rehabilitación: Hasta 20 sesiones por mes con indicación médica y autorización; en planes Integrales se cubren hasta 30 sesiones mensuales sin límite anual.
  • Cirugías programadas: Requerimiento de autorización previa del auditor médico; carencia general de 6 meses para cirugías traumatológicas no urgentes; internación cubierta al 100% en sanatorios de la red.
  • Urgencias: Sin necesidad de autorización previa; se debe presentar denuncia dentro de las 72 horas hábiles; internación y cirugía de urgencia cubierta al 100%.

Preguntas Frecuentes

Sí, OSPOCE cubre la artroscopía diagnóstica y terapéutica de rodilla dentro de los planes PMO y los planes integrales (600, 700, 800 Nogal, 900, 1000). Requiere autorización previa y el tiempo de respuesta suele ser de 5 a 10 días hábiles. Algunos planes pueden tener coseguros o topes en materiales específicos.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones; normativa interna OSPOCE; Ley 23660 y 26682 · Actualizado el 2026-07-06