Osprera
¿Osprera cubre traumatología y ortopedia?
Sí, OSPRERA cubre traumatología y ortopedia en todo el país, con un límite de 4 consultas anuales sin cargo y cobertura integral de prácticas quirúrgicas y ortopédicas.
Detalles de la cobertura
Osprera (Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina) brinda cobertura para traumatología y ortopedia dentro de su Plan Base, en cumplimiento del Programa Médico Obligatorio (PMO). La cobertura incluye consultas ambulatorias, estudios por imágenes (radiografías, tomografías, resonancias), yesos, férulas, inmovilizadores, cirugías traumatológicas y ortopédicas, y la provisión de prótesis y órtesis de alta complejidad (prótesis de cadera, rodilla, placas, tornillos, etc.) bajo autorización previa. El plan base cubre hasta 4 consultas anuales por especialidad (incluyendo traumatología) sin coseguro; a partir de la 5ª consulta aplica un coseguro del 30% bonificado. Las cirugías requieren autorización del Departamento de Auditoría Médica y tienen un tope de internación de 21 días por año calendario (plan base). No se requiere orden de otro médico; se puede concurrir directamente al traumatólogo de la cartilla. La provisión de prótesis traumatológicas se realiza contra entrega de presupuesto y autorización previa (validez 30 días).
Condiciones de Osprera
- ⚠️¿Requiere autorización previa?
Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.
- ✅¿Depende del plan?
No, la cobertura es idéntica para todos los planes de la prepaga.
- ⚖️Programa Médico Obligatorio (PMO)
Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.
Condiciones Adicionales
- Cantidad de consultas anuales: Hasta 4 consultas por año calendario sin coseguro. 5ª consulta en adelante: coseguro del 30% bonificado (aprox. $800-1.200 según práctica, 2026).
- Estudios por imágenes: Radiografías, ecografías musculoesqueléticas, tomografías computadas y resonancias magnéticas cubiertas sin coseguro cuando son indicadas por un médico de la cartilla. Requieren autorización previa para TC y RMN.
- Cirugías traumatológicas/ortopédicas: Cobertura integral de cirugías programadas y de urgencia. Requieren autorización de Auditoría Médica (presentar historia clínica, estudios complementarios, indicación quirúrgica). Tope de internación: 21 días por año calendario.
- Prótesis e implantes: Provisto por OSPRERA: prótesis de cadera, rodilla, hombro, placas, tornillos, etc. Se entregan contra presupuesto (validez 30 días) y autorización. Incluye material de osteosíntesis. No cubre mejoras estéticas ni dispositivos experimentales.
- Yesos, férulas e inmovilizadores: Cobertura total de materiales de inmovilización (yeso, fibra de vidrio, férulas prefabricadas) cuando son indicados por un médico de la cartilla. No requieren autorización previa.
- Urgencias traumatológicas: Cobertura inmediata en guardias de hospitales públicos o privados conveniados. Si la urgencia ocurre fuera de la provincia de residencia habitual, se reintegra el 80% del costo si se presentó la documentación dentro de las 48 hs.
Preguntas Frecuentes
OSPRERA cubre hasta 4 consultas anuales con traumatólogo sin costo adicional para el afiliado, según su Plan Base y en cumplimiento del PMO. A partir de la quinta consulta, puede aplicar coseguro o reintegro según el plan contratado.
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Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones. Convenio Colectivo de Trabajo 82/89. Reglamento Plan Base OSPRERA 2026. · Actualizado el 2026-07-06