Unión Personal

¿Unión Personal cubre internación/hospitalización?

Sí, la internación está cubierta por todos los planes de Unión Personal al ser una prestación obligatoria del PMO.

Detalles de la cobertura

La internación (hospitalización) está expresamente incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y, por lo tanto, es de cobertura obligatoria para todas las obras sociales y prepagas del país. Unión Personal, al ser una obra social sindical regida por la Ley 23.660, cumple con este mínimo prestacional en todos sus planes. La cobertura incluye internación en clínica general, cirugía, cuidados intensivos, cuidados intermedios, internación por salud mental y rehabilitación, entre otros. En los planes Unión Personal Classic y Unión Personal Familiar, la cobertura es completa sin coseguros ni topes de días (salvo montos máximos por evento que fija el PMO para algunos casos, como el alta transitoria). En el plan Unión Personal Tradicional (PMO), aplica exactamente el texto del PMO, con la posibilidad de que existan períodos de espera (generalmente 6 meses para preexistencias). Se requiere autorización previa para internaciones programadas, y en urgencias se debe informar dentro de las 24 horas.

Condiciones de Unión Personal

  • ⚠️
    ¿Requiere autorización previa?

    Sí, deberás gestionar la autorización antes de acceder al servicio.

  • 📊
    ¿Depende del plan?

    Sí, la cobertura o topes varían según el plan que tengas contratado.

  • ⚖️
    Programa Médico Obligatorio (PMO)

    Esta prestación está incluida en el PMO, por lo que su cobertura básica es obligatoria por ley.

Condiciones Adicionales

  • Internación programada: Requiere autorización previa del prestador o auditores de Unión Personal. Se debe gestionar con 48 a 72 horas de anticipación, presentando orden médica, estudios prequirúrgicos y datos del afiliado.
  • Internación de urgencia: Se puede internar en cualquier establecimiento de la cartilla o en un hospital público. Se debe informar a Unión Personal dentro de las 24 horas hábiles siguientes para gestionar la continuidad de la cobertura y la autorización de los días subsiguientes.
  • Cobertura de medicamentos e insumos durante la internación: Están cubiertos al 100% sin coseguro para todos los planes, siempre que sean parte del tratamiento intrahospitalario y estén autorizados por el servicio de farmacia de la institución.
  • Acompañante: En internaciones pediátricas (menores de 16 años), Unión Personal cubre el alojamiento del acompañante en la misma habitación. En planes Classic y Familiar, se cubre adicionalmente una vianda o refrigerio. En internaciones de adultos mayores o pacientes con discapacidad, se puede solicitar acompañante con prescripción médica.
  • Preexistencias: Para el plan Unión Personal Tradicional (PMO), las internaciones relacionadas con patologías preexistentes tienen un período de espera de hasta 6 meses desde la afiliación, según la normativa del PMO y el Decreto 576/93. En los planes Classic y Familiar, este período puede ser menor o no aplicarse si el afiliado viene de otra obra social sin solución de continuidad.
  • Internación por salud mental: Cubierta en todos los planes, con un límite de 90 días por año calendario, renovable por indicación del equipo tratante. Se requiere autorización del auditor de salud mental de Unión Personal.
  • Internación domiciliaria: Unión Personal ofrece internación domiciliaria como alternativa a la hospitalización tradicional, con cobertura del 100% en los planes Classic y Familiar, previa evaluación y autorización. En el plan Tradicional (PMO), la cobertura es limitada a 30 días por año.

Preguntas Frecuentes

La cobertura de habitación depende del plan contratado. En el plan Tradicional-PMO la internación es en habitación compartida (sala común), mientras que los planes Classic y Familiar pueden incluir habitación individual con un coseguro adicional o sin costo, según el convenio. Para confirmar, se recomienda solicitar autorización previa y consultar las condiciones particulares del plan.

Fuente verificada: PMO - Resolución 201/2002 y actualizaciones; Ley 23.660; Reglamento de Afiliación de Unión Personal · Actualizado el 2026-07-06